Constituye el hecho imponible la OBTENCIÓN DE RENTA por el contribuyente, componen la renta del contribuyente:
- Rendimientos del trabajo.
- Rendimientos del capital.
- Rendimientos de las actividades económicas.
- Ganancias y pérdidas patrimoniales.
- Imputaciones de rentas establecidas en la Ley IRPF (ejemplo imputaciones de rentas inmobiliarias).
NO estarán “sujetas” a IRPF las rentas que estén sujetas a ISD:
- La recepción de bienes y derechos por herencia, legado o cualquier otro título sucesorio (“mortis causa”).
- La recepción de bienes y derechos por donación o cualquier otro negocio jurídico a título gratuito (“inter vivos”).